8 de marzo. Volvimos a tomar las calles

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Tras las primeras  horas de la huelga general podemos comprobar por las calles de pueblos y ciudades andaluzas que las empresas y las propias administraciones públicas están incumplimiento los servicios mínimos decretados  y con ello demuestran la falta de sensibilidad hacía los motivos de la huelga en los que clamamos por la igualdad real entre hombres y mujeres, contra las violencias de todo tipo hacía nuestras compañeras, amigas, hermanas, madres, hijas…y por la adopción de medidas reales que lleven al cese definitivo de unas prácticas que sitúan a la mujer, en general, como trabajadoras o ciudadanas de segunda.
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Estos hechos latentes vienen a demostrar que la patronal andaluza, pese a sus manifestaciones públicas, no quieren acabar con las discriminaciones hacia las mujeres por el hecho de serlo y que necesitan de esa mano de obra precaria y sometida, que les lleve a seguir obteniendo pingües beneficios sin importarle las personas, en el caso contrario no estarían violando los servicios mínimos impuestos.

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Por otra parte, las Administraciones públicas, gestionadas por políticos/as de todos los colores, aun cuando llenan sus bocas de palabras en defensa de la igualdad y el cese de tratos diferenciados a las mujeres en el trabajo y se dan codazos por aparecer públicamente en concentraciones y manifestaciones, con sus actos demuestran que no es lo mismo hablar que hacer, remitiéndonos, por ejemplo, a los servicios mínimos decretados por la Junta de Andalucía donde se vuelve a impedir el libre ejercicio del derecho a la huelga que conmemora el día internacional de la Mujer Trabajadora, cuando se implantan por decreto el 100% de los servicios públicos a prestar durante la jornada de huelga de este domingo 8 de marzo en muchos de los trabajos encargados a empresas públicas, agencias, subcontratas, etc.

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Desde CGT vamos a adoptar medidas legales contra las empresas incumplidoras de los servicios mínimos impuestos por decreto administrativo y contra la propia administración que ha establecido en muchos casos el 100% de mínimos impidiendo de facto el ejercicio del derecho fundamental a la huelga, despreciando las sentencias firmes de años anteriores por las que se los declaraban ilegales por abusivos.

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