Ilunion y la Junta de Andalucía ponen en grave peligro a plantilla, usuarios y usuarias de Salud Responde.

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El Ministerio de Trabajo y Economía Social acaba de lanzar una guía para que sepamos cómo actuar en el ámbito laboral en lo relacionado al COVID-19

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 Actualmente en lo que respecta al coronavirus, todo está sucediendo muy rápido y apenas tenemos capacidad de reacción. Las dudas nos asaltan, crece la incertidumbre y debemos cumplir un paquete de medidas propuesto por el gobierno para proteger la salud de todas y todos.

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 El Ministerio de Trabajo y Economía Social ha lanzado una guía muy útil que resuelve gran parte de las dudas que tenemos, por lo que recomendamos y agradecemos que se difunda lo más rápido posible. 

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 A continuación os dejamos un fragmento del documento y más abajo, su enlace para descarga:

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 “Los coronavirus son una amplia familia de virus que normalmente afectan sólo a animales. Algunos tienen la capacidad de transmitirse de los animales a las personas.

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 El SARS-CoV-2 es un nuevo tipo de coronavirus que puede afectar a las personas. Fue Detectado por primera vez en diciembre de 2019 en la ciudad de Wuhan, provincia de Hubei, en China. Tal y como señala el Ministerio de Sanidad en relación con la protección de las personas trabajadoras con riesgo de exposición al nuevo coronavirus, hay que partir de una serie de premisas:

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a) El coronavirus es un virus desconocido anteriormente en la patología humana.
rnb) Las medidas de aislamiento, en los casos investigados, constituyen la primera barrera de protección tanto la persona trabajadora afectada como de las restantes susceptibles de contacto con la paciente.

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 El objetivo del presente documento es facilitar la información necesaria sobre la aplicación de la normativa laboral en relación con las diferentes situaciones en las que pueden encontrarse las empresas y las personas trabajadoras. Todo ello, sin perjuicio de la interpretación de las normas que corresponde a los Juzgados y Tribunales del orden social, las competencias que en materia de cumplimiento e información sobre prevención de riesgos laborales corresponden, de manera respectiva, al Organismo Estatal Inspección de trabajo y Seguridad Social y al Instituto de Seguridad y Salud en el Trabajo, así como de las reconocidas a las Autoridades Laborales de las Comunidades Autónomas”

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Fuente: Ministerio de Trabajo y Economía Social

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Puedes descargar el documento completo pinchado aquí

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