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Las vacaciones tienen por finalidad la protección de la seguridad y la salud de las trabajadoras y trabajadores.
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El pleno disfrute del derecho a las vacaciones únicamente puede conseguirse cuando el trabajador se encuentre en condiciones físicas y mentales de hacer uso del mismo.
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CGT solicita al Presidente de Aena, que proceda a reconocer y facilitar el derecho de las trabajadoras y los trabajadores de Aena al disfrute efectivo de sus vacaciones, incluso fuera de los períodos fijados en convenio y estudie postergar o ampliar el período vacacional hasta que el disfrute de las mismas pueda realizarse con cierta normalidad por parte de las trabajadoras y los trabajadores de Aena.
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Resulta evidente que la situación de confinamiento y limitación a la libertad de circulación a las personas, establecida con la declaración del estado de alarma y sus prórrogas, imposibilita a los trabajadores y trabajadoras el disfrute real de las vacaciones, cuando estas estén señaladas en un periodo coincidente con la duración del mismo.
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Las vacaciones tienen por finalidad la protección de la seguridad y la salud del trabajador, por tanto estas vacaciones anuales retribuidas permitirán que los trabajadores descansen y dispongan de un período de ocio y esparcimiento, por lo que es evidente que “el pleno disfrute del derecho a las vacaciones únicamente puede conseguirse cuando el trabajador se encuentre en condiciones físicas y mentales de hacer uso del mismo” y fuera de las limitaciones a la libertad de circulación de las personas.
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