CGT denuncia las futuras y precarias condiciones laborales de Salud Responde

5139-SOSSaludResponde

El?Juzgado?de lo Social de Ceuta ha senalado para el proximo 10 de septiembre la vista en la que se vera la demanda presentada por el?sindicato?CGT por presunta ?gcesion ilegal de trabajadores?h de la Federacion Provincial de Asociaciones de Vecinos (FPAV) a la Ciudad Autonoma con la plantilla de las?Brigadas Verdes?que actualmente conforman algo mas de 150 personas.

rnrn

El secretario de Accion Sindical de la CGT en Andalucia y las dos ciudades autonomas, Diego Rodriguez,ha lamentado en declaraciones a este periodico que ni la FPAV ni la Administracion se personasen en el acto de conciliacion previo al que fueron convocadas para intentar ?gacercar posturas?h antes de llegar a juicio, como finalmente sucedera.Entre las diligencias pendientes de elaboracion esta un informe no vinculante de la Inspeccion de Trabajo que, segun las fuentes consultadas por ?eEl Faro?f, suele tener una importancia crucial en funcion del lado por el que se incline sobre la posterior resolucion del Juzgado, aunque Rodriguez ha recordado que ?glo que hay que ver es lo que dice la ley?h y en ese marco esta ?gconvencido?h de que el veredicto asumira sus postulados, esto es, que las Brigadas Verdes trabajan gestionadas por la Ciudad y que la Federacion es una mera entidad instrumental entre los trabajadores y la Administracion local.

rnrn

?gTodo el mundo sabe en Ceuta que cuando las Brigadas Verdes hacen un trabajo es porque se lo ha pedido la Ciudad y nadie puede dudar, por ejemplo, que el control del acceso a las playas que se les ha encargado ahora es una instruccion de la Administracion, pero es una pena que despues de tantos anos pasandolo mal y en una situacion de indefinicion no haya sido hasta que ha llegado la CGT cuando este tema se ha puesto en via judicial?h, ha apuntado el secretario de Accion Sindical.

rnrn

Rodriguez ha explicado que si el fallo del Juzgado de lo Social es favorable la Ciudad tendria que asumir como trabajadores propios a los de las Brigadas Verdes.

rnrn

Otras fuentes apuntan que, en esa hipotesis (?gganar podria ser perder?h, advierten), la Administracion deberia dirimir primero si los puestos son estructurales (y meterlos en la primera Oferta Publica de Empleo que convoque para cubrirlos via oposicion) o no. En el peor de los casos para los involucrados tambien tendria la posibilidad de prescindir de ellos abonando la correspondiente indemnizacion ?gtasada?h.

rnrn

La CGT lamenta que ?gno solo desde la Ciudad y la FPAV, sino tambien desde otros sindicatos?h, se haya intentado ?gmeter miedo?h a los trabajadores a la hora de presentar una demanda ?gque ha respaldado la mayoria de la plantilla tras negarse a opciones como la de su integracion en Tragsa que se les ofrecieron a principios de este ano ante el riesgo de colapso economico de la Federacion.

rnrn

?gNo tendria justificacion que la Ciudad optase por un despido cuando el personal de las Brigadas Verdes esta desempenando labores para la Administracion que son necesarias y que esta deberia cubrir a su vez con otras contrataciones?h, ha argumentado Diego Rodriguez.

rnrn

El origen de las ordenes, clave para dirimir la cuestion

rnrn

La normativa vigente contempla tres supuestos marco en los que se inscribe una ?gcesion ilegal de trabajadores?h: cuando la empresa que ha contratado a una persona la pone a disposicion de otra entidad para que realice las tareas laborales de esta ultima; cuando la contratante no tiene una actividad propia estable y, por tanto, no cuenta con los medios necesarios para el desarrollo de la actividad (maxime si no ejerce las funciones de direccion y control sobre el empleado); y cuando la empresa que recibe a los contratados por otra entidad es la que dirige y controla las actividades de los mismos?h.

rnrn

Una de las claves de la resolucion judicial de la situacion de las Brigadas Verdes podria ser identificar la fuente de las ordenes de trabajo de sus operarios, para lo que en el juicio se podrian aportar mensajes que probarian que su asignacion a una u otra tarea no depende en realidad de la FPAV sino de la Ciudad.

rnrn

El articulo 43 del Estatuto de los Trabajadores estipula que ?glos trabajadores sometidos al trafico prohibido?h tienen, en caso de acreditarse, ?gderecho a adquirir la condicion de fijos, a su eleccion, en la empresa cedente o cesionaria?h. Sus derechos y obligaciones en la segunda seran ?glos que correspondan a quien preste servicios en el mismo o equivalente puesto de trabajo?h respetando la antiguedad.

rnrn

Fuente: elfarodeceuta.es

rn

Comparte

Últimas noticias