El Tribunal Supremo anula la obligación de prescribir reposo para justificar los ‘días malosos’ en Renfe, confirmando la sentencia a favor de CGT Andalucía

días malosos en renfe

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso presentado por Renfe y ha confirmado una sentencia previa de la Audiencia Nacional, respaldando así la posición de la CGT Andalucía en cuanto a la no obligación de prescripción médica para justificar los llamados “días malosos”en Renfe. Estos días, que no sufren descuentos en la nómina, están limitados a un máximo de cuatro al año.

En una sentencia emitida el pasado 23 de mayo, la sala social del Tribunal Supremo ha restablecido la situación previa, resaltando que para disfrutar de estos días no es necesario un parte médico específico, sino que basta con un parte de visita al médico de los servicios públicos de salud, sin imposiciones en su redacción.

El sector federal ferroviario del Sindicato CGT ha defendido el derecho de los trabajadores de Renfe a disfrutar de hasta cuatro días sin descuento en sus nóminas, en caso de enfermedad o accidente que no conlleve una incapacidad temporal. Este derecho se encuentra reconocido en la Disposición Trigésimo Octava de la Ley de Presupuestos Generales del Estado 17/2012 y en la Orden HAP/2802/2012, aplicable a los empleados al servicio de la administración del Estado, organismos y entidades públicas empresariales.

La CGT recurrió a la justicia por primera vez en 2018, obteniendo un fallo favorable sobre este asunto y obligando a Renfe a cumplir con este derecho que, por otra parte, sí se aplicaba a las plantillas de Adif.

Por su parte, Renfe no impugnó esta sentencia en 2018 y siguió exigiendo internamente a sus trabajadores el parte médico que justificara el reposo de la persona. Ante esta situación, la CGT presentó un nuevo conflicto colectivo, solicitando la nulidad de esta imposición, y en septiembre de 2020 volvió a obtener un fallo a favor.

https://fetyc-cgt.org/

Comparte

Últimas noticias