El Tribunal Superior de Justicia juzgará el recurso de CGT contra la subida salarial de policía y bomberos de Jaén

14. Juni 2010

Los juzgados de lo social de Jaen han derivado el recurso contra la subida salarial encubierta a la Policia Municipal y al Cuerpo de Bomberos de Jaen, interpuesto en su dia por la seccion sindical de CGT, en base a las alegaciones que este sindicato presento contra el expediente de modificacion de la relacion de puestos de trabajo (RPT), valoracion y plantilla presupuestaria referida a dichos cuerpos, cuya aprobacion inicial se publico en el Boletin Oficial de la Provincia de Jaen en fecha 8 de julio de 2013. El expediente fue aprobado en solitario por el equipo de gobierno del Partido Popular del Ayuntamiento de Jaen.
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CGT basa su impugnacion ante el TSJA, entre otros, en los extremos siguientes:
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-Tanto la Intervencion Municipal como la Secretaria General indicaron en sendos textos que la subida de retribuciones de Policia y Bomberos podia poner en peligro el equilibrio presupuestario y el plan de ajuste municipal.
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-La persona que firma la propuesta de subida y modificacion de puesto tiene interes directo en el resultado del mismo, ya que el Concejal Delegado de Policia y Bomberos es a su vez policia municipal en excedencia. Indicar que existe un beneficio objetivo y directo sobre la reforma propiciada.
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-Con el reconocimiento del nuevo complemento y la valoracion del mismo se esta discriminando de forma notoria al resto de los empleados del Ayuntamiento de Jaen. En este punto indicar que la modificacion de la RPT debe afectar a la totalidad de la plantilla y no solo a un grupo determinado de funcionarios y/o laborales.
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-Dicha modificacion no ha sido aprobada, negociada ni acordada en la Mesa General de Negociacion, siendo este el foro donde se deben regular, modificar e implementar todo lo referente al personal del Ayuntamiento.
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-Se atenta contra los pactos llevados a? cabo en la Mesa General de Negociacion, en el sentido de suspender durante dos anos los derechos economicos que tenian establecidos los empleados municipales en convenio colectivo y acuerdo economico-social, y todo ello para el mantenimiento del equilibrio presupuestario. En modo alguno se puede pedir y establecer un sacrificio para unos y por otro instaurar condiciones mas beneficiosas para otros, pues todos los empleados municipales deben tener los mismos derechos.
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-La subida salarial a traves de complementos esta prohibida por la Ley 27 de Presupuestos Generales del Estado publicada en el BOE de 28 de diciembre de 2012, en concreto en su articulo 22o. De forma clara y objetiva se veta cualquier subida salarial en el ambito de las administraciones publicas.
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CGT se ha personado por tanto en el alto tribunal andaluz para hacer valer los derechos de todos los empleados municipales y exige al Ayuntamiento que anule esta subida encubierta, buscando el consenso con toda la representacion sindical y haciendo de una vez por todas una verdadera valoracion de puestos y RPT que reflejen la realidad actual del conjunto de los trabajadores y que de respuesta a sus inquietudes.

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