Inicio permisos retribuidos en Telefónica

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Inicio de permisos retribuidos en día laborable:

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 La representación de la Telefónica no se presenta a la mediación

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El pasado 13 de febrero el Tribunal Supremo dictó sentencia (145/2018), dando la razón a la Confederación General del Trabajo (CGT) quienes solicitábamos, en el sector de Contact Center, que el cómputo de los días por matrimonio, nacimiento de hijo, y fallecimiento de familiar, en los casos en que el hecho causante del permiso en cuestión suceda en día no laborable para el trabajador, tenga que iniciarse en el primer día laborable siguiente.

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Tras conocerse esa sentencia ganada por CGT y a la que se han adherido la Federación de Servicios de la Unión General de Trabajadores y la Federación de Servicios de Comisiones Obreras, desde CGT-Telefónica nos dirigimos a Recursos Humanos de Telefónica para solicitar la aplicación a la plantilla de las tres empresas bajo el Convenio de Empresas Vinculadas (CEV), recibiendo CGT respuesta de la Directora de Relaciones Laborales el 19 de marzo, indicando que a su entender no era de aplicación la citada sentencia en el ámbito de Telefónica.

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Ante dicha negativa, desde CGT pusimos el caso en manos de nuestros servicios jurídicos, solicitando ante el Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje (SIMA) la correspondiente mediación, previa a la reclamación judicial.

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La primera mediación ante el SIMA se ha realizado hoy. A la misma no ha acudido ninguna representación de la empresa. El próximo 21 de mayo se realizará un nuevo acto y esperamos que esta vez si se presenten y se pueda resolver de manera negociada una reclamación que los tribunales ya están concediendo.

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Puedes descargarte el comunicado pulsando AQUÍ

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