El juez estima parcialmente el recurso del Sindicato CGT de Ensenanza de Malaga declarando que la actuacion de la direccion del IES durante las primeras horas del dia 6 de mayo, «advirtiendo de la eventualidad de un expediente disciplinario a los profesores que secundaran el paro autorizado por la Viceconsejeria», vulnero el articulo 28.2 de la Constitucion Espanola, que consagra el ejercicio del derecho a huelga.