¿PUEDES CREAR UNA SECCIÓN SINDICAL EN TU EMPRESA?

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Organizarse sindicalmente dentro de la empresa es un derecho. Te explicamos qué es una sección sindical y cómo dar el primer paso con CGT.

Una sección sindical es la forma en la que las personas afiliadas a un sindicato se organizan dentro de una empresa o centro de trabajo. Sirve para compartir problemas, acordar reivindicaciones y actuar colectivamente.

El artículo 8.1 de la Ley Orgánica de Libertad Sindical (LOLS) reconoce el derecho a constituirla conforme a los estatutos del sindicato.

No necesitas tener representación en el comité de empresa para crear una sección sindical.

Sección sindical y comité: ¿qué diferencia hay?

El comité de empresa o los delegados y delegadas de personal representan al conjunto de la plantilla y se eligen mediante elecciones sindicales. La sección reúne a la afiliación de un sindicato en ese ámbito.

CGT puede tener una sección sindical aunque todavía no tenga representación en el comité. No hay que esperar a unas elecciones para organizarse.

Cómo constituirla: cuatro pasos

  1. CONTACTA con CGT.Acude al sindicato de tu sector o localidad. Te ayudará a concretar el ámbito, comprobar los estatutos aplicables y preparar la documentación. Puedes localizarlo en el directorio de CGT Andalucía, Ceuta y Melilla.
  2. REUNÍOS: la afiliación decide.Acordad la constitución con el sindicato correspondiente. El artículo 12 de los estatutos publicados de CGT Andalucía prevé el acuerdo mayoritario de la afiliación afectada y una sola voz de CGT en cada ámbito de interlocución.
  3. CONSTITUID la sección.Dejad por escrito el acuerdo y las responsabilidades elegidas conforme a las normas internas. Un acta permite acreditar la fecha, el ámbito y las decisiones. Pedid al sindicato su modelo.
  4. COMUNICAD su existencia.Completad los trámites internos de CGT y preparad con el sindicato la comunicación escrita a la empresa. Conservad constancia de su recepción. La Guía Jurídico-Sindical de CGT incluye orientación y un modelo.

No confundáis constituir una sección con fundar un sindicato nuevo. Confirmad con CGT las normas internas y si vuestro ámbito requiere alguna comunicación o anotación administrativa específica.

¿Qué podéis hacer?

El artículo 8.1 reconoce a las personas afiliadas derechos para:

  • Celebrar reuniones, previa notificación al empresario.
  • Recaudar cuotas y distribuir información sindical.
  • Recibir la información que remita su sindicato.

Las reuniones, la recaudación y el reparto de información deben realizarse fuera de las horas de trabajo y sin perturbar la actividad normal de la empresa.

El artículo 8.2 reserva derechos adicionales a determinadas secciones por la representatividad del sindicato o su presencia en los órganos de representación: tablón, negociación colectiva en los términos legales y local en empresas o centros con más de 250 trabajadores. El convenio puede mejorar estos derechos.

Importante: no genera horas sindicales automáticamente

Constituir una sección no da automáticamente un delegado sindical con crédito horario y las garantías específicas del artículo 10 LOLS.

Elegir una secretaría o portavocía interna es distinto de reunir los requisitos legales o convencionales para esos derechos. CGT te ayudará a comprobar qué corresponde en tu empresa.

Organizarse es el primer paso

Compartir información y decidir juntos permite transformar los problemas individuales en reivindicaciones colectivas.

¿Quieres organizarte en tu empresa? Crea una sección sindical. Organizarse es un derecho.

Contacta con CGT y te ayudamos a dar el primer paso.

Fuentes para ampliar

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