COMPLEMENTO DE MATERNIDAD PARA HOMBRES CON PENSIONES RETRIBUTIVAS

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Complemento de maternidad para hombres

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Si eres padre con dos hijos y tienes una pension contributiva de jubilacion, incapacidad permanente o viudedad, reconocida desde septiembre de 2017, podrias tener derecho a incrementar tu pension entre un 5 y un 15%.

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El anterior art. 60 de la Ley General de Seguridad Social reconocia un complemento por maternidad en las pensiones contributivas con caracter exclusivo a las mujeres que fueran madres de dos o mas hijos. Sin embargo, el Tribunal de Justicia de la Union Europea, en sentencia del 12 diciembre de 2019, se opuso a que dicho complemento se negara a los hombres si se encontraban en la misma situacion que las mujeres, ya que constituia una discriminacion directa por razon de sexo.

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Requisitos para el reconocimiento:

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1.? Tener la pension reconocida entre el 01/01/2016 hasta 03/02/2021 (aunque solamente puede solicitarse de 5 anos para atras, por lo que si se reclama ahora, solo se tendra derecho a percibir las cantidades desde septiembre de 2017).

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2.? Se puede reclamar el complemento siempre y cuando no hayan transcurrido mas de cinco anos entre la solicitud y el hecho causante.

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3.? Se puede reclamar el complemento, aunque el conyuge ya lo tenga reconocido.

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4.? En el caso de superar la pension maxima, es posible la aplicacion del complemento quedando reducida la cuantia.

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5.? Tendran derecho al complemento las pensiones contributivas de jubilacion, viudedad o incapacidad.

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6.? Efectos economicos: Desde la fecha de jubilacion (aunque hay diferentes criterios y se discute si solo se deben retrotraer los efectos economicos a 3 meses antes de la solicitud).?Nueva Sentencia a 9 de Junio de 2022.?

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7.? Para el calculo de la cuantia del complemento, se aplicaran los siguientes porcentajes a la pension bruta aprobada (no a la base reguladora) y revalorizada anualmente:

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    • En el caso de 2 hijos: 5%
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    • En el caso de 3 hijos: 10%
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    • En el caso de 4 o mas hijos: 15%?
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Exclusiones:

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1.???? La jubilacion parcial no tiene derecho, se reconocera cuando se pase a la pension de jubilacion plena u ordinaria.

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2.???? La jubilacion anticipada voluntaria.

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En CGT podemos realizar el estudio, tramitacion y presentacion de la solicitud. Para ello puedes contactar llamando al ?954560065/671412647. O enviando un correo a Sevilla@cgtandalucia.org

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