El incendio forestal de Málaga coincide con las protestas por la “precariedad” del Infoca

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El personal laboral del Patronato de la Alhambra y el Generalife, pone de manifiesto un decálogo de reivindicaciones, que a continuación se detallan:

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1.       No más pérdidas de derechos recogidos en el VI Convenio Colectivo:

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El personal laboral de la Alhambra está adscrito al VI Convenio Colectivo por el cual se rigen todos los trabajadores y trabajadoras de la Administración General de la Junta de Andalucía; sin embargo, desde que esta Dirección es la encargada de la gestión del personal se han perdido derechos laborales reconocidos en el mencionado Convenio, debido a la interpretación sesgada y unilateral que los dirigentes hacen de sus artículos.

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Como ejemplo tenemos la Pérdida de los 8 días de compensación que se concedían en aquellas categorías que no podían disfrutar de la reducción de jornada. No olvidemos que la reducción de jornada durante los periodos vacacionales la disfrutan tanto el personal laboral como el funcionario en todas las delegaciones y organismos de la Junta de Andalucía. Es un derecho que este Comité de Empresa viene reclamando desde el año 2020 y que hasta el momento no se ha recuperado, intentando su negociación tanto en el SERCLA como en la Comisión de Seguimiento del Convenio.

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2.       Cobertura de todas las plazas vacantes existentes en la RPT:

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Al igual que en otros organismos y delegaciones de la Junta de Andalucía, la edad media del personal laboral adscrito al Patronato es elevada, por lo cual lo es también el número de jubilaciones. Sin embargo, la cobertura de las plazas que se van quedando vacantes, bien por la jubilación o bien por el traslado del personal que las estaba ocupando, no se realiza al mismo ritmo, lo que conlleva a que existan plazas sin cubrir, algunas que ya son persistentes en el tiempo como por ejemplo la categoría de Jefe de Servicios Técnicos en algunas de sus especialidades, dando lugar a un déficit estructural que se extiende a todos los departamentos del Patronato.

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La falta de recursos humanos para atender la vigilancia y el mantenimiento del recinto, unido a la desmotivación del personal provocada por la actual situación, inciden negativamente en la preservación y conservación del Monumento, así como en ofrecer al visitante un servicio de calidad.

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El comité de empresa declara que todas y cada una de las plazas vacantes son necesarias y exige la totalidad de su cobertura, así como de aquellas sustituciones por enfermedad del titular de la plaza o cualquier otra circunstancia.

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3.       Estabilidad de empleo para el personal temporal. No a la precariedad:

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Aunque el Patronato de la Alhambra no es el único organismo de la Junta de Andalucía que tiene en su RPT (Relación de Puestos de Trabajo), plazas de carácter discontinuo, sin embargo, si es el único centro en que esas plazas discontinuas son de una gran precariedad, ya que este personal adscrito a ellas no sabe ni cuando ni cuanto van a trabajar cada año, dependiendo en gran medida del presupuesto existente.

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Además, las condiciones laborales para este personal discontinuo son distintas a las del personal que trabaja todo el año en igual categoría, produciendo un agravio comparativo evidente.

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Estas plazas se han ganado por Sentencia Judicial, por lo tanto, los trabajadores y trabajadoras que las ocupan deben tener los mismos derechos que el resto del personal y la conversión de las plazas ocupadas por los Indefinidos no Fijos Discontinuos en plazas continuas es una demanda que el Comité de Empresa no deja de reclamar.

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Además, le exigimos a la Junta de Andalucía que la estabilización de todo el personal temporal sea una realidad y que se acelere la resolución de los concursos de acceso abiertos, así como la convocatoria de aquellos necesarios para suprimir la temporalidad.

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4.       Ampliación urgente de la RPT de la Alhambra:

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El Conjunto Monumental de la Alhambra dispone de una RPT desfasada que no se ha revisado en estos últimos años y que por lo tanto se ha quedado obsoleta e ineficaz para atender todas las demandas que pudieran surgir de cada uno de los Departamentos existentes en la Alhambra.

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La ampliación de la RPT se basa en tres razones fundamentales: la primera es el aumento de los espacios de visita, la segunda es la ampliación de las instalaciones propias del Patronato y por último la introducción de nuevas tecnologías que son atendidas por personal laboral como puede ser el sistema de control y accesos.

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La falta de personal tan acuciante provoca una excesiva carga de trabajo, tanto físico como mental, que puede conllevar a más que probables accidentes laborales, bajas por dolencias musculares y bajas por estrés y ansiedad.

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El comité de empresa exige la ampliación inmediata de la RPT de la Alhmabra, ya que es un compromiso incumplido por la Jefatura de Personal, alegando a que el estudio previo para tal ampliación aún no ha finalizado.

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5.       Por el diálogo social y la negociación colectiva.

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Bajo este epígrafe, el Comité de Empresa, denuncia la falta de diálogo que los dirigentes del Patronato tienen tanto con el propio comité como con las distintas Secciones Sindicales, que tienen derecho, por ley, a disponer de cualquier información remitida por el centro en materia de personal. Un ejemplo de ese ninguneo a los representantes de los trabajadores y las trabajadoras sería la tardanza en tres meses que ha tardado la directora en dar una audiencia a la Comisión de Gestión desde que se solicitó la reunión.

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En lo referente a la no disposición del Patronato a la negociación colectiva debemos hacer hincapié en la negativa a fijar reuniones para tratar temas que la Comisión de Convenio decide que se deben de tratar en el seno de la Alhambra.

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6.       No más judicialización de los procesos.

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La falta de acuerdos ha motivado que el Comité de Empresa y las Secciones Sindicales opten por la vía judicial o por la denuncia de la Inspección de Trabajo, de aquellas situaciones en que los trabajadores y las trabajadoras ven aminorados sus derechos laborales, con el consiguiente gasto económico y sobre todo de tiempo en la resolución de conflictos.

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7.       No a la privatización y externalización de servicios.

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El propio Patronato de la Alhambra reconoce la falta de personal en su estructura organizativa y como prueba de ello está la última licitación de la que tiene conocimiento el Comité de Empresa referente al “Servicio de conservación de las huertas tradicionales del Generalife” y que la prensa redactó el pasado 24 de abril de la siguiente manera:
rn“El Patronato de la Alhambra opta por licitar este servicio en tanto que la actual Relación de Puestos de Trabajo no dispone de medios personales suficiente en los ámbitos descritos que puedan dar respuesta a las funciones especificadas en el pliego de prescripciones técnicas de esta licitación y por ello es necesaria la contratación de servicios externos.”

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8.       Por una verdadera conciliación familiar y laboral.

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“Las medidas de conciliación son acciones dirigidas a crear condiciones que favorezcan que las personas trabajadoras puedan compatibilizar su vida personal y familiar con su vida laboral”. Sin embargo, la precariedad de los contratos y la reiterada denegación de permisos en el Departamento de Visita Pública, abusando del concepto de “necesidades del servicio”, deja sin efecto la conciliación laboral y familiar a la que cualquier trabajador y trabajadora tiene derecho.

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9.       Por la incentividad de la carrera profesional.

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La existencia de puestos vacantes puede dar lugar a la movilidad funcional que está recogida en el VI Convenio Colectivo, puesto que la Alhambra posee personal cualificado para la implantación de esa movilidad, sin que ello suponga ningún perjuicio en la Cobertura de las plazas ya que ambos procesos pueden darse de forma paralela.

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10.   Por un plan adecuado de Formación Específica.

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La formación en la empresa es prácticamente obligatoria y un derecho reconocido que tienen los empleados y empleadas de las empresas. Otro de los motivos de la importancia de la formación en las empresas, es que cuanto mayor sea el grado de preparación del capital humano de la organización, mayor será su productividad.

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El Comité de Empresa exige la implantación de un Plan de Formación en que se contemple las necesidades las necesidades formativas de cada colectivo laboral y que esté consensuado para que sea lo mas efectivo y eficaz posible.

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